Comunicado Junta Directiva
Tras la reunión celebrada el 13 de Diciembre del año 2025, uno de los puntos del Orden del Día fue: Estudio modificación Estatutos de la Sociedad.
Dado que, en el presente ejercicio, 2026, tendrá lugar la elección a la Junta Directiva, se acordó la modificación del artículo 15 (entre otros artículos), concerniente a la composición de la Junta Directiva, quedando como sigue:
JUNTA DIRECTIVA
- Presidente.
- Vicepresidente.
- Secretario. (Se añade la figura del Vicesecretario).
- Vicesecretario.
- Contador.
- Tesorero.
En caso de no presentarse ninguna candidatura se prorrogará en el mandato la candidatura saliente, hasta la próxima Asamblea General de socios, donde se volverá a proponer elecciones.
Esta modificación opera dentro del artículo 14 de los Estatutos, que dice: Los acuerdos de la Junta Directiva se someterán a aprobación en la primera Asamblea General reglamentaria, que podrá refrendarlos o no, pero hasta llegado ese momento serán de obligado cumplimiento para todos los Socios.
Art. 16º ELECCIONES.
- Las candidaturas para dichos cargos deberán ser enviadas a la Secretaría General, al menos treinta días antes de la Asamblea General correspondiente y, cada una de ellas deberá ir avalada con las firmas y copia del D.N.I. de diez socios Numerarios con más de dos años de antigüedad en la Sociedad.
- El domicilio social del Tesorero, será el lugar de residencia del mismo.
Las elecciones para renovación de la Junta Directiva, se permitirá a los socios con derecho a voto, emitir el sufragio de forma presencial, así como la modalidad de voto por correo postal. Conforme se expresará más adelante y siendo obligación de la Junta Directiva vigilar por que se den las condiciones necesarias para que se pueda realizar, y su publicación en la página web de la S.E.C.T.
Voto por correo postal: se realizará en sobre cerrado, certificado y con acuse de recibo, en el que se incluirá la papeleta de votación, doblemente doblada, acompañada de fotocopia del documento nacional de identidad (DNI). El voto por correo se considera válido siempre que esté franqueado hasta quince días naturales antes de la celebración de la Asamblea correspondiente. La custodia de los votos por correo será responsabilidad del Secretario de la Sociedad, que los hará llegar a la mesa electoral en un sobre precintado, para su escrutinio de los votos emitidos en la presencia física y los recibidos por correo postal.
En Madrid, a 19 de Enero del año 2026
Fdo: D. Enrique Crespo Rubio VºBº D. Pascual González Masegosa
Secretario Presidente



















